Transversalidad o mainstreaming de género. ¡A transversalizar!

Ya que actualmente trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), voy a tratar la transversalidad de género o mainstreaming de género en el empleo.

En primer lugar, voy a plasmar con palabras propias lo que entiendo por transversalidad de género. La transversalidad de género es la corriente o flujo aceptado como principal y predominante y, por tanto, obligatoriamente aplicable en todos los ámbitos de la sociedad, particularmente, en la construcción de las políticas públicas. Mediante su aplicación se persigue la integración de la perspectiva de género en todo lo relativo a la sociedad desde el inicio del proceso, es decir, se persigue adquirir consciencia material de cómo incide la acción o decisión concreta en el género. 
Dicho así, es obvio deducir que la transversalidad de género es el paso obligatorio e indispensable para "re"construir una sociedad igualitaria.


Transversalidad de género ≡ Universalización del género

Como todos sabemos y aunque se han conseguido grandes avances, esta "re"construcción de la sociedad en el ámbito laboral sigue siendo muy necesaria. 

En el ámbito laboral, la transversalidad de género puede tener un espectro muy amplio debido a la gran cantidad de situaciones que se pueden presentar. Por tanto, para lograr una aplicación exitosa de la transversalidad, todas estas situaciones deben estar contempladas y resueltas positivamente en cuanto a su incidencia en el género, no sólo de manera independiente en cada sexo, sino también su incidencia conjunta sobre ambos sexos, por ejemplo, en el caso de una unidad familiar cuyos cónyuges trabajan ambos y con hijos a cargo. 

Algunas de las desigualdades en el empleo podrían ser:
  • Mayor dificultad de acceso a un puesto de trabajo para la mujer que para el hombre.
        Por ejemplo, partiendo de una misma cualificación y preparación para un puesto de trabajo determinado, en muchas ocasiones, la mujer se ve indirectamente penalizada comparativamente por el simple hecho de que se tiene en cuenta un posible futuro embarazo, es decir, se ve penalizada por el simple hecho de ser mujer. ¡Esto no es aceptable!

        Considero que situaciones como la anterior se podrían incluir dentro de lo que solemos llamar "secreto a voces". Por tanto, deben estar contempladas por las políticas públicas, las cuales deben establecer medidas acordes con la transversalidad de género a través de las cuales la mujer deje de estar penalizada. En este caso y desde mi punto de vista, la aplicación de la transversalidad de género obligaría a actuar sólo sobre un sexo. 

  •  Conciliación de la vida laboral y familiar.
        A este respecto y en el caso de familias cuyos cónyuges trabajan ambos y con hijos a cargo, la desigualdad de género se puede manifestar si se mantiene el estereotipo de mujer encargada del cuidado familiar. 

        Para evitar esta desigualad, la aplicación de la transversalidad de género en las políticas públicas debe incidir sobre ambos sexos.

        Siguiendo el enfoque dual: 

            En primer lugar, se debe aceptar socialmente el principio de corresponsabilidad en el hogar. ¡Atención, hombres!, se llama "corresponsabilidad" porque es un asunto de "dos", sino se podría seguir llamando "responsabilidad".

            Una vez aceptado lo anterior, la incidencia de los efectos de las medidas de transversalidad que se adopten se debe evaluar sobre ambos sexos. Algunas medidas de transversalidad aplicables podrían ser la flexibilidad horaria, la reducción de jornada, la excedencia por cuidado de familiares,.... Desde mi punto de vista, cobraría especial interés la regulación de la flexibilidad horaria en la medida en que una regulación incorrecta, la que no tenga en cuenta la transversalidad, podría desfavorecer a las mujeres. Como en el caso de la limpieza de la nieve en las calles visto en este módulo.

Para finalizar, dos medidas en el ámbito del empleo-formación con impacto directo sobre la metodología 3R, Roles, Recursos y Representación, podrían ser, por un lado, la preferencia de la mujer en la participación en actividades formativas organizadas por el sector público durante el primer año en servicio activo desde la situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares menores de 3 años y, por otro lado, el principio de presencia equilibrada. Combinando ambas medidas:

    Roles: No se contribuye al mantenimiento de estereotipos.

    Recursos: Se contribuye a la distribución igualitaria de recursos.

    Representación: Se contribuye al principio de presencia equilibrada.


Suscribiendo las palabras de Kofi Annan, economista ghanés, secretario general de la ONU durante una década, defensor de los derechos humanos y Premio Nobel de la Paz en 2001, fallecido en 2018:

"La igualdad de las mujeres debe ser un componente central
en cualquier intento para resolver los problemas
sociales, económicos y políticos"

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